Las Plataformas de Afectados por la Hipoteca,Kaleratzeak Stop Desahucios de Gipuzkoa, Bizkaia y Araba denuncian el nuevo regalo de Rajoy a la banca

El gobierno ha modificado la LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, después del varapalo del TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA en su sentencia del 17 de julio pasado, al recoger la denuncia que hizo LA PAH JURIDICA sobre la discriminación que sufren los deudores hipotecados al no tener derecho a recurso alguno ante los autos judiciales que rechazan la existencia de cláusulas abusivas existentes en los contratos hipotecarios, mientras que las entidades financieras sí tienen derecho a recurrir.

El Partido Popular, que solo actúa en favor de los deudores de buena fe cuando se lo ordena el TJUE, no ha tenido más remedio que incluir este derecho mediante la publicación en el BOE del sábado 6 de septiembre del Real Decreto Ley 11/2014 de 5 de Septiembre “de medidas urgentes en materia concursal”, DANDO A LOS DEUDORES, víctimas de la estafa financiera e inmersos en ejecuciones hipotecarias para el desahucio de su vivienda, el PLAZO PRECLUSIVO DE UN SOLO MES desde el día siguiente a la publicación del Real Decreto Ley.

Consideramos que este es un plazo infame para recurrir en apelación para quien no pudo hacerlo en su momento, para evitar la aplicación las innumerables cláusulas abusivas que contienen todas las escrituras de hipotecas.

Por otra parte, comprobamos que el gobierno obedece una vez más a la banca al desaprovechar esta oportunidad para modificar el artículo 698 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y es que en la sentencia del TJUE del 17 de Julio de 2014, asunto C-169/14, Sánchez Morcillo contra el BBVA, ya insistía de nuevo que el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, en relación con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, debe interpretase en el sentido de que se opone a un sistema de procedimientos de ejecución, como el español, que establece que el procedimiento de ejecución hipotecaria no podrá ser suspendido, es decir, que no permite que el juez que conozca del proceso declarativo, competente para apreciar el carácter abusivo de dicha cláusula, adopte medidas cautelares que garanticen la plena eficacia de su decisión final.
Este es un nuevo insulto a las víctimas y un regalo a los verdugos financieros, y llega en un momento en el que el número de ejecuciones hipotecarias sigue en las dramáticas cifras de años anteriores, mientras el paro y la pobreza siguen aumentando al igual que los beneficios de la banca y las grandes empresas que cotizan en el IBEX.

Las Plataformas de Afectados por las Hipoteca de Euskadi no nos cansaremos de exigir medidas efectivas que sí alivien a los deudores de buena fe, empobrecidos a consecuencia de la estafa financiera, medidas como las contenidas en nuestra ILP, traicionada por la ley hipotecaria de Rajoy. Nos referimos a la dación en pago y el alquiler social o las quitas de deuda, que desgraciadamente la entidad que más hipotecas ha concedido en Euskadi, KUTXABANK, se niega sistemáticamente a conceder, pese a haber obtenido en el primer semestre de este año 76 millones de beneficios, un 57,3% más que en el 2013.

Por último hacemos un llamamiento a todos los hipotecados con procedimientos de demandas contra su vivienda habitual incoados en los
juzgados de Euskadi a que se pongan en contacto con la Plataforma más cercana , cuyos teléfonos de contacto podrá encontrar en la web
http://stopdesahucios.plazan.net/, siendo el de Donostia: 669 428 598, el de Bilbao: 610 891 789,y el de Gasteiz: 616 385 471

SI SE PUEDE.

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