Las plataformas STOP Desahucios de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa socilicitan un a comparecencia urgente en el parlamento vasco

foto CONSIDERAN QUE LA LEY VASCA DE VIVIENDA ESTÁ SIENDO DESCAFEINADA Y EXIGEN CONTENIDOS FUNDAMENTALES

Las plataformas antidesahucios de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa hemos solicitado esta semana una comparecencia urgente ante la Comisión de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Parlamento Vasco con el fin de expresar nuestra preocupación sobre los trabajos de la Ponencia sobre la Ley Vasca de Vivienda, por entender que se están descafeinando las cuestiones fundamentales que debe contemplar dicha ley.

A través de la denuncia social que llevamos a cabo para tratar de impedir el impacto psicológico y económico que genera en miles de familias el drama de los desahucios, tanto de las entidades bancarias como de otras sociedades como Vitalquiler e incluso por empresas públicas como Alokabide, queremos defender la idea de que los poderes públicos deben centrar sus esfuerzos no solo en paliar los daños producidos tras los desahucios, sino también actuar antes de que estos se produzcan con el fin de evitarlos.

Consideramos la Ley Vasca de Vivienda fundamental en varias cuestiones respecto de las cuales queremos exponer y defender nuestros argumentos ante el Parlamento Vasco. Entre otras cuestiones,

  • El derecho subjetivo, universal y efectivo al uso de una vivienda digna, exigible frente a la Administración y los Tribunales de Justicia, es una medida urgente y necesaria que debe ser recogida ineludiblemente en la Ley.

  • La función Social que debe cumplir la vivienda y la emergencia habitacional que existe en nuestra Comunidad exigen tomar medidas con las más de 40.000 viviendas vacías que actualmente pueden ser destinadas al alquiler en la CAV. Cobra pues especial importancia establecer el concepto de vivienda deshabitada y entendemos, entre otras consideraciones, que debe considerarse como tal cuando está seis meses vacía y no durante dos años tal y como plantea la ponencia.

  • Igualmente, en relación con las viviendas vacías, consideramos fundamental diferenciar entre las personas jurídicas, especialmente entidades financieras, inmobiliarias y fondos de inversión, y las personas físicas, y consideramos necesario establecer medidas de expropiación de uso, y alquiler forzoso, especialmente para aquellas viviendas cuya propiedad es consecuencia de procedimientos de ejecución hipotecaria.

  • Implantar el alquiler como el fin al que dedicar todas las viviendas de protección oficial es un objetivo inexcusable si queremos que el Parque de Viviendas Públicas de Alquiler, actualmente integrado por 6.000 viviendas, crezca hasta el nivel medio del parque de alquiler existente en la Unión Europea.

  • El ejercicio de los derechos de tanteo y retracto, o derechos de adquisición preferente, la prohibición de venta de viviendas protegidas a “fondos buitres”, o la prohibición de desahuciar en viviendas de gestión pública cuando la causa sea el impago del alquiler por insuficiencia de ingresos comprobada, son otras medidas importantes, todas ellas relacionadas con el objetivo de configurar un Parque de Viviendas de Alquiler Social que dé respuesta a los 50.000 demandantes de viviendas de alquiler que hoy figuran inscritos en Etxebide, y avanzar en hacer realidad que la vivienda sea un derecho fundamental, tal y como establece la Carta de Derechos Europea, y no un objeto de especulación y negocio. 

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