En el contexto de crisis que ha vivido, y todavía vive Euskal herria, han sido muchos los pasos atrás que hemos sufrido en diferentes ámbitos, pero de un modo más acuciante en el ámbito social. Debido a las impuestas reformas y medidas, el empleo de calidad ha sido atacado una y otra vez, para proteger los intereses de la patronal. Las consecuencias de esto son de sobra conocidas: pérdida de derechos laborales, precarización, flexibilidad en los contratos y en las relaciones laborales…
Las clausulas sociales son una herramienta que poseen las instituciones públicas para reducir los desequilibrios comentados. En esta tesitura, la contratación y compra pública puede servirnos como un recurso de primer nivel, por ejemplo, para llevar al límite la posibilidad que ofrece la ley de realizar otro tipo de contratación pública.
En Euskal Herria, desde 2014 a iniciativa de EH Bildu ya han sido aprobadas en diferentes instituciones, por ejemplo en los ayuntamientos de Donostia y Gasteiz, en las Juntas Generales de Gipuzkoa y en la Diputación Foral de este territorio.
Finalmente, respondiendo a una demanda de nuestro grupo de hace algunos años, el ayuntamiento de Irun ha decidido tratar el tema, y nuestro grupo, ha realizado un documento de aportaciones, por una parte porque nos parece justo, y por otra, porque creemos firmemente en la capacidad de equilibrio que tiene el sistema público.
En este esquema, hemos elaborado un documento que tiene como eje los siguientes principios:
- Garantizar las condiciones laborales de la plantilla municipal, exigiendo, por ejemplo, que se cumpla el convenio laboral territorial.
- Respetar los convenios laborales
- Asegurar que se tengan en cuenta los criterios medioambientales.
- Garantizar la presencia del euskara.
- Garantizar la perspectiva de género.
- Garantizar la presencia de las personas con discapacidad.
Hace unas semanas el gobierno municipal nos presentó un documento que presentaba grandes lagunas. Era un documento que reflejaba, a nuestro entender, un insuficiente compromiso y voluntad para la aplicación de las mencionadas clausulas. Por citar algunos ejemplos, no contemplaba clausulas básicas como aquellas relacionadas con la justicia fiscal, el comercio justo, o derechos lingüísticos. Hemos realizado un trabajo específico de ellas, y también presentamos una nueva baremación.
Además, nos dimos cuenta de que el idioma utilizado a lo largo de todo el documento no garantizaba la aplicación de las cláusulas, por lo que hemos planteado cambiar todas las formas verbales “podrán” por “deberán”, ya que es ésta, en nuestra opinión, la forma adecuada de mostrar un compromiso serio.
Del mismo modo, hemos reflejado que se haga extensiva la obligatoriedad de aplicación a todos los contratos, ya que en el documento base, los contratos menores quedaban excluidos del ámbito de aplicación.
Por otra parte, hemos introducido unas prohibiciones de contratación, tal y como, señalaba el texto original de Castilla La Mancha. Y también, hemos introducido otro punto, muy importante para nuestro grupo, que es la participación de la ciudadanía, apostando por la creación de un órgano de participación y debate, para la mejora de las clausulas.
Estas aportaciones, y otras más, las hemos explicado más detalladamente en un documento más extenso, no sólo porque pensemos que con unas clausulas sociales de calidad estemos garantizando e impulsando las condiciones básicas de los y las trabajadoras, sino porque también favorecemos a las empresas locales.
Para acabar, queremos expresar al equipo de gobierno nuestro compromiso de seguir realizando aportaciones y de seguir realizando una labor de oposición constructiva encaminada a la mejora del bienestar de los y las irundarras.
Estas son las fuentes utilizadas para la elaboración del documento:
- Instrucción para la incorporación de cláusulas sociales en la contratación pública del ayuntamiento de Gares / Puente La Reina.
- Guía para la inclusión de claúsulas de carácter social en la contratación de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y su sector público instrumental.
- Reglamento de Castilla- La Mancha, la instrucción del Consejo de Gobierno Autonómico del 18 de octubre de 2016 sobre la inclusión de cláusulas sociales».
- “Las claúsulas sociales en la contratación pública” de Pilar Batet Jiménez. Jefa de la Sección de Contratación.Excma. Diputación Provincial de Castellón.
- GIPUZKOAKO FORU ALDUNDIA 11/2014 FORU ARAUA, urriaren 29koa, erosketa publiko sozialki arduratsuari buruzko kontratu klausulak foru sektore publikoko kontratazioan txerta tzekoa / DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA NORMA FORAL 11/2014, de 29 de octubre, de incorporación de cláusulas contractuales relativas a la compra pública socialmente responsable en la contratación del sector público foral.
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