Jose Maria Erausquin.- El 7 de abril del año 2004, Juancar suscribió con la antigua Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa, actual KUTXABANK, un préstamo hipotecario por importe de 84.145 € para la adquisición de una vivienda en la calle Larretxipi de Irun, tasada en 115.700 €.
Como veis, no se trataba de una mansión de lujo en un barrio residencial, estamos hablando de un barrio humilde de Irun; de un préstamo modesto de 84.145 €; y de una vivienda tasada, por la propia entidad, en 115.700 €.
A primera vista parece que la vivienda cubre suficientemente el riesgo de la inversión, pues su valor de tasación superaba en 31.555 € el importe del préstamo, algo que podía invitar a la tranquilidad.
Hasta abril de 2007 Juancar pagó sus cuotas al día, a un interés fijo de 3,30%, pero a partir de abril de 2007, transcurridos los 36 meses de interés fijo, comenzó a operar el tipo variable, el IRPH Cajas, que le supuso un importante incremento en la cuota, lo que le llevó a no pagarla en su totalidad, a dejar pequeños picos cada mes, picos que se iban acumulando y sobre los que recaía una penalización del 17,25% de intereses de demora, hasta que en junio del año 2010, la entidad decidió resolver el contrato e interponer una demanda de ejecución hipotecaria.
Primera cuestión, Juancar pagaba al día su préstamo al tipo fijo de 3,30%, pero no pudo pagar cuando comenzó a operar un IRPH Cajas al 5,10%, lo que significa que el IRPH le llevó a perder su casa.
La entidad interpuso una demanda de ejecución hipotecaria reclamando 78.950,80 € de principal, 3.187,62 € de intereses de demora (17,25%) desde el momento de la resolución del contrato hasta la presentación de la demanda, 23.000 € provisionales para intereses y costas hasta el definitivo pago, en total le reclamaban 105.138,42 €
Segunda cuestión, ¿cómo puede ser que si pides un préstamo de 84.145 €, has pagado puntualmente tres años, y otros tres años has ingresado insuficientes pero importantes cantidades, seis años después te puedan reclamar 105.138,42 €, esto es, 20.993,42 € más de lo que pediste?
Como Juancar no tenía dinero, se había quedado sin ingresos, la entidad solicitó la subasta de la vivienda, vivienda que se adjudicó por el 50% de su valor de tasación, esto es, por 57.850 €.
Como los 57.850 € por los que se quedaron su casa no cubría la totalidad de lo reclamado, la entidad solicita del Juzgado, con fecha 5 de agosto de 2011, que dado que restados los 57.850 € de los 78.950,80 € de principal pendiente resultaba un saldo deudor de 21.100,80 €, a los que debía añadirse los 3.187,62 de intereses más los 23.000 de intereses y costas, restaban de pagar 47.288,42€, por lo que pidieron el embargo de todas sus cuentas, bienes, derechos, todo, todo, todo, incluyendo a Juancar en un fichero de morosos que le impide cualquier tarjeta, contratación de servicios, de arrendamientos, de todo, es un excluido social, un alma que vaga en pena por ahí sin derechos y con una deuda perpetua que día a día sigue creciendo .
Tercera cuestión, ¿cómo puede ser que si pides un préstamo de 84.145 €, pagas durante seis años; entregas una vivienda tasada por la entidad en 115.700 €; todavía puedan reclamarte 47.288,42 €?
La respuesta es sencilla, antes de marzo del 2013, en el Estado español, en las ejecuciones hipotecarias, el ejecutado no podía alegar la existencia de cláusulas abusivas, lo que permitía a la entidad adjudicarse la vivienda por un precio ridículo y engordar la deuda con intereses, comisiones y gastos totalmente desorbitados.
Así ocurrieron 400.000 procedimientos de desahucio con personas y familias a las que debemos justicia.
A partir de marzo de 2013, cuando Estado español, por imposición del Tribunal de Justicia de la UE, cambió la ley para permitir que los ejecutados invocaran la existencia de cláusulas abusivas en sus contratos y estas se retiraran, este tipo de ejecuciones ya no resultaron posibles, al punto de que si Juancar fuera ejecutado con la actual legislación, no cabría pedir los intereses de demora del 17,25% ni las costas del 30%, lo que nos llevaría a que adjudicándose la vivienda la entidad por el 70% de su valor de tasación, Juancar hubiera quedado sin deuda una vez entregada la vivienda.
En la foto que encabeza este artículo aparecen dos personas llevando la pancarta de STOP Deshaucios, uno Juancar, el otro es Manolo, los dos son activistas de la plataforma STOP Desahucios Bidasoa, y la diferencia es que Manolo ha sido juzgado hace un mes, con la nueva ley, y su ejecución se ha sobreseído, y Juancar lo fue hace seis años, y arrastra una deuda de 47.288,42 € que genera desde entonces unos intereses de demora de 17,25% que se suman al capital pendiente para generar nuevos intereses, lo que significa que cada mes su deuda engorda en torno a los 800 euros. Así, por mucho que pueda pagar al mes, nunca llegará siquiera a cubrir los intereses de su deuda.
Como no tenía donde ir ocupó su propia vivienda, sin luz ni agua, y Kutxabank, que prefiere que la casa se caiga a pedazos antes de que la ocupe una persona necesitada, le ha ido cambiando la cerradura hasta que esta Navidad, con un frío que pela, le ha cambiado la puerta entera, poniendo una puerta blindada que les habrá costado una pasta para evitar que Juancar pueda dormir bajo un techo y recuperar los enseres que tenía dentro.
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