Comunicado de SOS RACISMO GIPUZKOA sobre criterios interpretativos de la RGI

El pasado 6 de abril se publicaba en la página web de LANBIDE  el documento de criterios de LANBIDE en materia de Renta de Granita de Ingresos. En la pag. 21 de dicho documento se señala que toda persona extranjera tiene la obligación de solicitar el NIE tras residir tres meses en el Estado. Se da la circunstancia de que las personas extranjeras en situación irregular no pueden presentar un NIE. Aunque este requisito a fecha de hoy ha desaparecido del documento que cuelga de la web, durante varias semanas se ha exigido desde distintas oficinas de LANBIDE el NIE a personas extranjeras en situación irregular, creando no solo confusión sino una situación de riesgo que ha podido ser detectada a tiempo en nuestra Oficina de Información y Denuncia ya que algunas de estas personas iban a acudir a la Comisaria Provincial de Extranjería a solicitar el NIE con las graves consecuencias que ello conlleva, desconociéndose cuantas personas han podido acudir a una Comisaría.

Desde SOS RACISMO GIPUZKOA queremos denunciar esta situación por entender que este criterio carece de sentido y no tiene ninguna justificación. El Servicio Publico de Empleo LANBIDE sabe perfectamente que no cabe exigir un NIE a alguien en situación irregular. La adopción de este criterio que hasta hora no existía es una absoluta irresponsabilidad no exenta de mala fe.

Si tal como se constata a fecha de hoy este requisito ya no está en el documento de criterios interpretativos exigimos una rectificación pública y la transmisión inmediata a las diferentes oficinas de LANBIDE de cuantas directrices sean necesarias para corregir cuanto antes una situación que está generando incertidumbre y un serio riesgo de expulsión en un colectivo especialmente vulnerable.

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